
La llamada “Ley de Patronato” o “Ley Agote” (por su autor) tuvo vigencia desde 1919 hasta 2005 y establecía que en caso de ausencia natural de los padres o porque ellos no cumplìan con sus deberes, el Estado asumía la patria potestad de los menores en conflicto. En la realidad, en la pràctica concreta de esta ley, las niñas y niños pobres perdìan su libertad, eran apartados de sus familias y del entorno y es los enviaba a orfelinatos y reformatorios, donde en muchos casos, permanecìan hasta la mayorìa de edad y donde a su salida no les esperaba precisamente el paraíso.
Los Jueces de Menores, a travès de esta ley, tenìan un poder absoluto sobre el futuro de estos niños, dando lugar a lo que ha pasado a denominarse “penalizaciòn de la pobreza” que en los hechos desconoce los derechos fundamentales de los mismos y que daba igual tratamiento , tanto a quienes delinquian como a quienes eran vìctimas (maltrato familiar y explotaciòn por dar dos ejemplos).
Pero en la realidad social, las contradicciones no solo aparecen sino que-por suerte- se vuelven demasiado evidentes. La ley internacional mas importante sancionada sobre el tema es la “Convenciòn sobre Derechos del Niño” aprobada en 1989 y que desde la Reforma Constitucional de 1994, tiene en nuestro paìs jerarquía Constitucional.
A partir de allì, niños, preadolescentes y adolescentes se convirtieron en “Sujetos de Derechos”, y dejaron de ser “objetos” de protecciòn o en el mejor de los casos simples receptores de caridad.
Asì es que la Ley de Patronato, y todo lo que alrededor de ella se habìa construido institucionalmente, entrò en contradicción con esta Convenciòn de los Derechos del Niño, posibilitandose, en ese “chispazo”, una nueva concepción de la infancia y una nueva doctrina, denominada “Protecciòn Integral”.
En nuestro paìs el gobierno de Nèstor Kirchner derogò en 2005 la Ley de Patronato y sancionò la “Ley de Protecciòn Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes” (Ley 26.061) reglamentada en 2006.
Es en caso de delitos, cuando deben aplicar medidas que ayuden a promover la formación y la reflexiòn, como por ejemplo trabajo solidario, obligación del daño reparado y libertad asistida con revision periodica.
Respecto a la privación de la libertad se aplica por tiempo determinado y unicamente cuando las faltas sean graves y reiteradas. En caso de haber cometido un delito, el niño o la niña, deben ser escuchados y tienen el derecho de ser defendidos y a ser juzgados con todas las garantias de un proceso transparente.
Pero quizàs el dato que mas enerva a los solicitantes “de mano dura” y de “baja de la edad de inimputabilidad” o los Hitlerianos del “control de la natalidad” o los que montados en el asesinato del ahora armado chofer de Andreani, Daniel Capristo, y no precisamente desde “el dolor familiar”, piden histericamente la “pena de muerte” o atrocidades mayores aùn, como la “mutilación”,sea el hecho que la nueva ley reconoce a la familia como el espacio de contenciòn mas apto para el desarrollo de las personas en edad infantil, ya no se trata de apartarlo o separarlo como un “infectado” en situaciones problemàticas , sino, precisamente en esos momentos, apoyar a esa familia con programas de todo tipo: trabajo, salud, vivienda , educación, seguimiento psicològico y social.
Horacio Ferrer y Astor Piazzolla, lo expresaban asì en 1968: “Cada aurora, en la basura, con un pan y un tallarìn, se fabrica un barrilete para irse ¡Y sigue aquì¡. Es un hombre extraño, niño de mil años, que por dentro le enreda el piolìn.
Chiquilìn, dame un ramo de voz, asì salgo a vender mis vergüenzas en flor. Baleame con tres rosas que duelan a cuenta del hambre que no te entendì, Chiquilìn”
No se piden estos versos, cargados de comprensión y responsabilidad colectiva, pero al menos, una mirada distinta, capaz de visualizar la “violencia” no solo en los 9 disparos del pibe de 14, sino en todo un sistema que se desentendiò de ellos, durante demasiado tiempo.
Comentarios
Debemos preguntarnos si son menores los que controlan los circuitos de la droga, fabrican armas o comandan bandas dedicadas al secuestro extorsivo.
En algún lugar leí que “la realidad es que existen personas que nadie ve ni registra, personas a las que la mano criminal sí busca y los convence que su vida no vale nada…” muchos mayores que utilizan a chicos, para cometer delitos. Por qué no, entonces, juzgar a esos adultos por corrupción de menores?
Mientras tanto, el estado está ausente o no da abasto… no en todos los municipios se han creado los Servicios Locales ni los Consejos Locales. No hay recursos... Se habla pero no se ha llegado a la implementación de una asignación universal por hijo por ejemplo…
Excelentes leyes la 26061 y la 13298 pero aún sin respaldo real.
Frente a este tipo de discusiones acerca de la inseguridad violencia etc, en la mayoria de los grupos se vislumbra el egoismo e individualismo de cada uno, sin pensar "que es muy facil ser bueno cuando uno tiene todas las posibilidades para serlo"....
Esto nos lleva a reflexionar acerca de como un contexto nos puede favorecer, en todos los sentidos o perjudicarnos y por ende excluirnos ( Vigotsky)
igualmente frente a estas situaciones faltan ACCIONES CONCRETAS traducidas en un proyecto de estado donde se haga cargo y mire a aquellos "no mirados", tanto a nivel nacional como local.