

La frase se entremezclò entre otras de la solicitada oficialista , pero reviste una gravedad especial. Naturalizar este tipo de manifestaciones puede adormilar las conciencias y dejar impune a quienes se animen a sostenerlas públicamente.Decìa la frase con intolerancia visible : “Si usted desea saber lo que piensa y hace la oposición lo invitamos a ir al comercio de San Martín y Marconi. Allì podrà escuchar, mientras lo atienden, el menú de disparates mas desopilantes”.
No hace falta ser un experto en cartografìa para saber que se trata del comercio de Dante Perez y Claudia Catellani, llamado “Don Jacobo” y que desde hace varios años se dedica a la venta de productos variados, en general relacionados con la limpieza.
Soy un cliente habitual del lugar y da gusto la atención de la pareja , siempre atentos y cordiales y al mismo tiempo libres en su pensamiento, frescos, sin subordinar sus ideas, pero sin entorpecer el normal desarrollo de cualquier actividad comercial. Asì los veo yo. Quizàs hayan tenido que sufrir, por esa autonomìa, la prohibición de que no se les compre desde los àmbitos municipales y quizàs haya otros comercios que sufrieron o sufren esta discriminación. Pero esto solo quizàs…habrìa que preguntarles a sus propietarios.
Vuelvo a la frase discriminatoria de la solicitada en cuestión.
La Constitución Nacional la condena en varios de sus articulos.
Art 14: “Todos los habitantes de la Nacion gozan de los siguientes derechos…de usar y disponer de su propiedad”.
Art 19: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan el orden y a la moral pùblica, ni perjudiquen a un tercero, estàn solo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Naciòn serà obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe”
Lo mismo hace la Constitución de la Provincia de Buenos Aires:
Art 10: “Todos los habitantes de la Provincia son, por su naturaleza, libres e independientes y tienen derecho perfecto de defender y de ser protegidos en su vida, libertad, reputaciòn, seguridad y propiedad…”
Art 11: “…La Provincia no admite distinciones, discriminaciones ni privilegios por razones de sexo, raza, religión, nacionalidad, lengua, ideología, opinión….”
Art 13: “La libertad de expresar pensamientos y opiniones por cualquier medio, es un derecho asegurado a los habitantes de la provincia”
Art 14: “Queda asegurado a todos los habitantes de la Provincia el derecho de reuniòn pacìfica para tratar asuntos pùblicos o privados, con tal que no turben el orden pùblico…”
Art 27: “La libertad de trabajo, industria y comercio, es un derecho asegurado a todo habitante de la Provincia, siempre que no ofenda o perjudique a la moral o la salubridad publica, ni sea contrario a las leyes del pais…”
Art 57:”…Los individuos que sufran los efectos de toda orden que viole o menoscabe estos derechos, libertades y garantìas, tienen acciòn civil para pedir las indemnizaciones por los perjuicios que tal violación o menscabo les cauce, contra el empleado o funcionario que la haya autorizado o ejecutado”
Por su parte la Declaraciòn Universal de los Derechos Humanos dice:
Art 12: “Nadie serà objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques a su honra o a su reputaciòn. Toda persona tiene derecho a la protecciòn de la ley contra tales injerencias o ataques”
Art 18: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento…”
Art 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión”
He transcripto aquì, los principales articulos de nuestras dos leyes “madres”: Constitución Nacional , Constitución de la Provincia de Buenos Aires y finalmente hice referencia a la Declaraciòn Universal de los Derechos Humanos, sancionada en 1948, pocos años después de finalizada la Segunda Gran Guerra del Siglo XX, cuando los paìses del mundo, en una revisiòn crìtica de la guerra: muerte, exterminio, racismo, ghettos, "soluciòn final", campos de concentración, holocausto, bombas atòmicas, etc, decidieron sancionar para que el mundo se volviera mas tolerante y humano.
Aparentemente los firmantes de la solicitada no han leìdo estas leyes.
Hay ademàs un artìculo màs en la Constitución Nacional que me gustarìa recordar para quien quiera ponerse el sayo. Es el artìculo 15, que comienza asì: “En la Naciòn Argentina no hay esclavos…”. Que nadie actùe como tal.
Comentarios
LA VERDAD, ME TOCA DEMASIADO EN LO PERSONAL COMO PARA SENTARME A ESCRIBIR SOBRE LE TEMA. XQ ADEMÁS DE SER EL COMERCIO DE MI TÍO, ES LA DIRECCIÓN DE LA CASA DE MIS ABUELOS, LA DIRECCIÓN DE MI CASA, LA DIRECCIÓN DEL LUGAR EN DONDE CRECÍ, Y LA VERDAD, ES Q ME OFENDE DEMASIADO, ME LLENA DE TRISTEZA. EN MI FAMILIA HAY OPOSITORES Y NO TANTOS, HAY CRÍTICAS AL GOBIERNO MUNICIPAL Y TBN HAY RECONOCIMIENTO. PERO HAY ALGO Q ME DEJA MUY TRAQNUILA, SIEMPRE Q ESTUVO A NUESTRO ALCANCE AYUDAMOS A QUIENES NECESITABAN ALGO. ASÍ COMO LA COMUNIDAD TODA SE MOVILIZÓ POR NOSOTROS CUANDO ROBERTINO TUVO EL ACCIDENTE. ETERNO AGRADECIMIENTO A TODOS LOS TRESLOMENSES.
NO ESTAMOS PASANDO X UN BUEN MOMENTO FAMILIAR, XQ MI ABUELO ESTÁ GRAVE, QUIZÁS X ESO LAS FUERZAS DEBEMOS PONERLAS EN CUIDARLO A ÉL Y NO EN CONTESTAR INJURÍAS.
PERO ESTO NO LO PASAMOS X ALTO, NOS DUELE COMO FAMILIA Y COMO TRESLOMENSES.
LUCIANA PÉREZ.